AUTORA: KATHERINE JULIETH MONROY MONROY

Hoy en día los celulares hacen parte de la vida diaria, sin embargo se ha abusado de su uso, al punto de ser utilizados durante horarios laborales. No parecer ser una acción riesgosa o que atente contra la seguridad, sin embargo un pequeño descuido puede traer grandes consecuencias. Hace algunos años estos dispositivos no se consideraban un riesgo, ya que no formaban parte de nuestra cotidianidad, más ahora, es importante tomarlos en cuenta. Es por ello, que la hiperconectividad al celular ha causado una alta accidentalidad en el trabajo debido a la distracción, por lo tanto el trabajador no se encuentra concentrado en sus tareas, lo que conlleva a no percibir los peligros que lo rodean y disminuir el margen de reacción ante imprevistos. El docente Juan Carlos Diaz Villamues en su trabajo de investigación sobre la correlación del Fear of Missing Out - FOMO (temor a perderse de algo) y los accidentes de trabajo, menciona las consecuencias de la adicción que generan los dispositivos móviles y los impactos negativos en múltiples áreas sociales y más específicamente en el laboral, ya que los trabajadores no tienen un control del mismo, disminuyen su capacidad de concentración, afectando esencialmente la integridad física y la salud del trabajador, y a su vez propicia significativamente la disminución de producción y capital en las empresas. (Diaz Villamues, 2019)De igual manera, Enrique Gómez Bravo Topete, perteneciente al Instituto Mexícano del Seguro Social (I.M.S.S), asevera que el uso del celular durante las jornadas del trabajo origina graves accidentes dentro de las empresas, llevando a las mismas a enfrentar accidentes por el uso del dispositivo móvil por parte de los trabajadores que abusan de este medio de comunicación, aquellos empleados que utilizan sus celulares durante la jornada laboral se exponen a sufrir fracturas, heridas e incluso amputaciones, finalmente Enrique Gómez señala que los accidentes por el uso del celular son mayoritarios en comparación a los accidentes originados por conductores bajo la influencia del alcohol. (Bravo Topete, 2018)Por lo tanto, surge el siguiente interrogante ¿El uso del celular en el trabajo puede considerarse un riesgo laboral? Bajo este interrogante se desarrollará el presente ensayo, haciendo uso de la doctrina y jurisprudencia pertinente que nos permitirá dar respuesta al mismo. Ahora bien, es imprescindible comenzar precisando que los teléfonos celulares cumplen múltiples funciones más allá de realizar llamadas, del mismo modo comunican y almacenan información, así como también despliega una serie de aplicaciones como redes sociales, navegadores, juegos, fotografías y videos, funciones de los teléfonos celulares que probablemente generen un deseo en el trabajador por revisar su celular. Gina E. Córdova Liszt, mediante su trabajo de investigación sobre el Cero accidentes, uso de celulares en los centros de Trabajo, demostró que dentro de los elementos que infunde un deseo adictivo de uso del celular son las redes sociales (Facebook, Instagram, Whatsapp, entre otras), ya que tiene un 74% de incidencia, propiciando que el trabajador deje a un lado sus labores por observar su celular, y que a su vez, conforme a Gina Córdova , los accidentes laborales han crecido aceleradamente por el uso de celulares, ya que en el 25% de todos los accidentes resulta ser responsable aquel que usa el teléfono celular en horarios laborales, igualmente, cuando el cerebro se dedica hacer uso del teléfono, la actividad laboral cerebral disminuye hasta el 37% . (CordovaLiszt, 2016)Asimismo, el no debido uso de las herramientas laborales y la falta de asertividad en el desempeño dentro de la jornada laboral, más allá de la falta de un ambiente laboral propicio y de una adecuada supervisión. El factor más común según los expertos, es el hecho de que los trabajadores no se encuentran atentos al correcto uso de las herramientas, debido a la distracción que produce el celular al momento de realizar la capacitación. (Arroyo-Caña, Fontalvo-Cerpa, Robayo-Pinzón, Sánchez-Torres, & Rojas-Berrio, 2019) En el ámbito laboral, es común observar que todos los trabajadores cuenten un teléfono inteligente, de manera, que si se tratase de una reunión laboral este dispositivo estaría en sus manos listo para ser usado, acaparando así, toda la atención del sujeto en cuestión. (Laos, 2018)De hecho, Adecco - Multinacional de Recursos Humanos realizó un estudio acerca del privilegio brindado por parte de los trabajadores a sus dispositivos móviles, demuestra que el 86%de los trabajadores cuenta con un teléfono inteligente, el 44% de los trabajadores que fueron encuestados dicen no revisar sus celulares con regularidad en jornadas laborales, y un 26% de trabajadores afirma observar sus celulares cada hora. (ADECCO , 2017)Es por ello, que la integración acelerada de las tecnologías en la sociedad está generando cambios radicales en la manera que interactúan las personas y su forma de vivir. Conllevando, a una serie de riesgos no solo físicos, sino también mentales. En algunos estudios, desarrollados por la Universidad Nacional del Altiplano, manifiesta que una de las más graves problemáticas del uso del celular es generar conductas adictivas que lleven a una dependencia y dedicación del tiempo más de lo necesario, que por lo tanto conlleva a una al descontrol sobre las propias conductas del trabajador (Universidad Nacional del Altiplano, 2017)Según los autores Murayama, K., Przybylski, A.K., Gladwell, V & DeHaan, C.R., este uso excesivo del celular se vincula al síndrome de “El miedo a perderse algo” o FOMO, este concepto fue creado por Dan Herman, se trata de una aterradora ansiedad o miedo por perderse algo absolutamente importante. El concepto hace referencia al mundo tecnológico y este deseo compulsivo de estar dentro del él constantemente durante el día y la noche, observando con5regularidad la Internet, redes sociales y demás aplicaciones, esto genera el temor de no estar enterado de lo que suceden dentro de este universo virtual. (Przybylski, 2014). Es decir; las redes sociales en sí mismas no son sinónimo de una adicción, sin embargo, si no se da un uso controlado de las mismas probablemente produzcan ansiedad, estrés, depresión, tristeza, melancolía y ausencia de felicidad, perjudicando la salud de la persona. (Herrera, 2010)En la actualidad, hacer uso del celular para desempeñar labores se ha establecido como una herramienta indispensable en gran parte de los trabajadores, ya que a pesar de que son equipos personales, debido a que los dispositivos móviles permiten al trabajador desempeñar labores específicas, dependiendo el contexto laboral, requerirán contactar proveedores, clientes o compañeros de trabajo. Sin embargo, al no poner en práctica un uso moderado y adecuado del teléfono celular en el trabajo se puede afectar tanto la seguridad como la salud del trabajador, sus compañeros e información importante de la empresa que no debe ser dada a conocer por terceros.(Niño-Benavides, 2018)La desconcentración que produce contestar mensajes de texto o responder llamadas telefónicas, observar publicaciones en las redes sociales son fuentes de accidentes laborales, que finalmente pueden terminar siendo accidentes fatídicos (Norman-Acevedo, 2019). La Organización Global Security Consultants ha clasificado las distracciones causadas por el uso del celular de la siguiente manera: En primer lugar las desconcentraciones visuales; son aquellas donde se desvían la vista de las labores que practica el trabajador para observar la pantalla del celular, lo que puede causar accidentes en segundos, como cortaduras, fracturas, incluso amputaciones sobretodo si se trabaja con máquinas o en industrias. En segundo lugar las distracciones cognitivas; la concentración se ve afectada, lo que retrasa la productividad y altera el ciclo de trabajo donde se pueden cometer errores irremediables. En tercer lugar, las distracciones físicas; son aquellas donde para responder mensajes o llamadas se necesita el uso de las manos lo que puede provocar incidentes o accidentes sobre todo si se es conductor u operador de transporte de carga. Y en cuarto lugar, las distracciones auditivas; son aquellas que desvían la atención de aquellos sonidos importantes que deben ser oídos, como por ejemplo; durante llamadas, al oír notificaciones o música, esta distracción puede ser extremadamente peligrosa si la seguridad depende de escucharlos sonidos al alrededor. (Consultants, 2021)De hecho, en cuanto a las consecuencias que tiene el FOMO en el ámbito laboral, es sobre el rendimiento, aquellos trabajadores que sufren del síndrome de FOMO, que hacen un uso excesivo del celular y la Internet, implica constantes interrupciones en sus tareas laborales, lo que se traduciría en una menor productividad en el puesto de trabajo. Experimentar un elevado nivel de este síndrome, tiene un impacto en los ámbitos tanto sociales, en la cotidianidad o en la productividad. Entonces, esta adicción o necesidad por estar atento al celular está estrechamente relacionado con la baja productividad o rendimiento en el trabajo. Asimismo, se asegura a través de estudios que las personas observan su celular 80 o 110 veces al día, una vez distraído el cerebro, este tarda en promedio 15 minutos en recuperar la atención y 11 minutos en concentrarse en un100% completamente. (Cordova Liszt, 2016)Por ello, se han adoptado en el transcurso del tiempo una serie de medidas con el fin de que el trabajador desarrolle su actividad con seguridad y productivamente, generalmente estos van dirigidos a la no prohibición de los dispositivos móviles, en el entendido que, en el avance tecnológico que vivimos actualmente, el manejo de celulares dentro del trabajo puede llegar a considerarse como un derecho, por supuesto, esto aplicado a contextos donde el uso del mismo se considera indispensable para el desarrollo de las actividades. Sin embargo, el empleador tiene la facultad para limitar el uso de dispositivos móviles dentro de determinados espacios u horarios de la empresa. (Estudio Grispo, 2017) Lo anterior, debe ir acompañado con información clara por parte de la empresa, estipulando las reglas con respecto los comportamientos que se esperan por parte del trabajador y con respecto a la utilización moderada y justificada del uso de dispositivos móviles en jornadas laborales. De acuerdo a lo anterior, para el uso de celulares dentro del ámbito laboral deben ser expuestas las medidas que la empresa establecerá, las normas o políticas de uso, con el fin de dirimir futuros conflictos y reducir los accidentes que son generados por la falta de atención al ser usado el mismo. Por su parte, la sentencia de la Corte Constitucional T-690/15, proceso judicial donde previamente informado el coordinador de área que el accionante haría uso de su celular en horario laboral, debido a que su padre de avanzada edad padecía un delicado estado de salud, del cual estaba su cargo y por lo tanto requería comunicación permanente, solicitando el permiso para hace ruso de su celular, ya que la empresa no contaba con teléfonos en ninguna área de trabajo. La Corte Constitucional aclara, que a pesar de que el siglo 21 representa una época donde existen más libertades y derechos, no se puede olvidar que así mismo surgen limitaciones y prohibiciones para hacer uso de los mismos, con el fin de proteger los principios. Por esta razón, aunque los avances tecnológicos son un instrumento necesario para el desarrollo de actividades cotidianas, es imperioso controlar y restringir el uso de estos dispositivos en algunos aspectos. (Corte Constitucional, 2015)De manera que, en los aspectos laborales ante el acelerado aumento y avance de los dispositivos tecnológicos y medios de comunicación, la Corte Constitucional considera que en determinados escenarios el empleador puede hacer uso de reglas restrictivas del uso del celular con el fin de proteger a los involucrados dentro de la relación laboral en cuanto a su salud, seguridad e intereses. La Corte constitucional reconoce que la balanza siempre se va a inclinar a8favor de uno, pues es un reto beneficiar a ambos involucrados y encontrar un punto equilibrado de igualdad en la balanza. Por lo anterior, la Corte Constitucional considera preciso concederle al empleador una libertad para instaurar políticas que administren el trabajo realizado por sus empleados, a su vez puede establecer normas que optimicen la conducta de sus trabajadores frente al desarrollo de funciones, recursos y prevención de accidentes dentro de la empresa, legitimando así la restricción de dispositivos móviles en sus empleados, sin embargo, de ninguna manera este acto se puede realizar lejos de los parámetros de proporcionalidad y razonabilidad. Por ejemplo, cuando se restringe el uso del correo empresarial solamente para asuntos laborales; se establecen límites en los navegadores para que solamente sean usados en actividades laborales y no se visiten páginas que no se relacionan con dichas labores; cuando se bloquea el acceso a redes sociales en los computadores de los trabajadores; y cuando se instalan aplicaciones que controlan y dan seguridad a los computadores y a su vez informan que actividades realizan los trabajadores dentro de los mismos. De acuerdo con la Sentencia T-574/17 que ha otorgado un panorama clave dentro del uso de dispositivos móviles y redes de comunicación en el ámbito laboral, el accionante solicita que sus derechos a la intimidad personal, la libertad para difundir opiniones, pensamientos, expresiones y la libertad de conciencia sean protegidos como derechos fundamentales. En vista de que él accionante mediante notas de los audios enviadas a un grupo de Whatsapp conformado por compañeros de la empresa, incitaba a faltar a sus obligaciones y responsabilidades. Por lo tanto, la Corte Constitucional catalogo los grupos de Whatsapp como espacios semiprivados, ya que las comunicaciones que allí tienen lugar son de naturaleza muy diferente a las que se desenvuelven en el domicilio, ha dejado dicho que se trata de ámbitos donde las interacciones de los involucrados9tienen consecuencias generales y, en esa medida, el amparo al derecho a la intimidad no se da dela misma manera. (Corte Constitucional., 2017)La intimidad es un derecho que se protege constitucionalmente, la cual busca que todos los asuntos que se consideran personales y no se tiene el deseo de compartir con nadie, se deben resguardar. Sin embargo, no es un derecho absoluto, puesto que la jurisprudencia ha indicado que, en la manera en el sujeto abra las puertas de su vida personal sin exclusión de personas, asimismo van cambiando los grados en que esta intimidad va ser protegida. En el caso del ámbito laboral, es considerado un espacio semiprivado, es decir; no posee la misma protección que estar dentro de la vivienda, puesto que el nivel de privacidad es inferior en el trabajo que en el domicilio y las interacciones tienen repercusiones generales. A su vez, la Corte Constitucional aclara que para establecer si se está violando el derecho a la intimidad se debe tener en cuenta la confianza que tiene el trabajador acerca de la reserva que van a tener sus compañeros frente a sus manifestaciones y en ese sentido determinar, si se trata de información íntima y sensible que solo se dirige a una sola persona en particular o para el conocimiento de sus compañeros en general, ya que se catalogaría como actividad laboral. En la Sentencia C-934/04 la Corte Constitucional se manifestó con respecto a la facultad y potestad que posee el empleador para establecer faltas disciplinarias que aplican específicamente en el ámbito laboral, es decir; la subordinación del trabajador no es sinónimo de un poder absoluto del empleador. De esta manera, se reduce la facultad circunstancial del empleador, ya que al aplicar dicha sanción esta debe ser clara, en el entendido de reconocer si dicha conducta es o no censurable y de esta manera se construye un límite a esta potestad o poder que se le ha otorgado. (Corte Constitucional, 2004)10Con relación a la prohibición sobre el manejo de dispositivos móviles para asuntos personales en ámbitos laborales, en el artículo 60 del Código Sustantivo del Trabajo se ratificada de manera general en dos disposiciones dicha restricción, prohíbe al trabajador utilizar las herramientas facilitadas por el empleador en actividades diferentes a las laborales. Asimismo, en su artículo 62,permite que los empleadores incluyan prohibiciones en sus reglamentos internos. (Código Sustantivo del Trabajo, 1951)En España el Tribunal Constitucional ha determinado es viable que los derechos de los trabajadores sean limitados con el fin de que se dé una buena productividad dentro de la empresa, es decir; la obtención de la utilidad, la convivencia entre los empleados y la competitividad de la empresa. (Diaz Villamues, 2019)Por esta misma línea, la doctrina española explica que cuando es en búsqueda de la productividad y de garantizar el progreso de la empresa, se puede considerar la fiscalización de las labores que realiza el empleado y restringir algunos de sus derechos para que este cumpla con sus obligaciones laborales y a su vez se pueda garantizar su seguridad. (Diaz Villamues, 2019)De manera que, tanto la jurisprudencia, la doctrina y la legislación, permiten que el empleador implemente controles para que de esta manera pueda verificar si sus trabajadores cumplen con las obligaciones, en este caso el control del uso por parte de los trabajadores de dispositivos móviles es permitido. Por lo tanto, se observa en términos generales que cuando se trata de garantizar la prevención de accidentes laborales y garantizar la seguridad de los trabajadores, la restricción, control y fiscalización de dispositivos móviles en los contratos laborales se encuentra viable. Siempre sin11olvidar los parámetros de proporcionalidad y razonabilidad, para que en este sentido se pueda determinar si la medida o sanción que ha sido impuesta por parte del empleador es justificable. El docente Juan Carlos Diaz Villamues plantea las siguientes ideas ante dicha problemática: En primer lugar; enseñar a los trabajadores las actividades permitidas dentro de la jornada laboral. En segundo lugar; determinar claramente tanto los compromisos y los derechos de los trabajadores dentro de la empresa. En tercer lugar; dar a entender el porqué de las restricciones, para que el trabajador conozca que aquellas decisiones conllevan a unas consecuencias en caso de que sean incumplidas. En cuarto lugar; en la medida que se restringe el uso del celular se protegerá la vida de los trabajadores, evitando accidentes por el uso descontrolado del mismo. En quinto lugar; hallar un punto equilibrio que propicie la productividad laboral, donde se contribuya a misión, objetivos y visión de la empresa y el uso las tecnologías de comunicación. Más allá de implementar políticas coercitivas para el control de uso de dispositivos móviles y haciendo referencia a la educación de la prevención, es más significativo que tanto trabajador es como las empresas, adopten la cultura de prevención laboral, es decir; de autocuidado, para quede esta manera se logran reducir significativamente los accidentes y siniestros que ocurren dentro del ámbito laboral. Por esta razón, la O.I.T ha buscado una aplicación de esta noción desde el ámbito de la empresa hasta el ámbito social, en un sentido amplio, denominándolo “Cultura de Prevención en materia de seguridad y salud en el trabajo”. Esto hace referencia a una cultura donde existe un ambiente de trabajo saludable y seguro; donde tanto empleadores, trabajadores y gobierno participan para la promoción del mismo, también aclara que este es un proceso que depende de los dinamismos y el progreso social, que conlleve al conocimiento de nociones contemporáneas tanto de riesgo como de peligro, la prevención y control de los mismos (Organización Internacional del Trabajo , 2013)12Gracias a la O.I.T, los 28 de abril de cada año se conmemora el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, establecido con el fin de sensibilizar y crear conciencia tanto en las empresas y sus empleados sobre la importancia que tiene prevenir los riesgos laborales, en búsqueda de avanzar en la protección de los trabajadores y de garantizar su seguridad dentro de la empresa, lo anterior, en la medida que riesgos nuevos surgen en el ámbito laboral a causa de las aceleradas dinámicas sociales. Finalmente se hace un llamado a aquellos que hacen parte del sistema laboral a fortalecer sus lazos, para que se involucren activamente en lograr establecer una educación de prevención. Ya que si se educa para que el trabajador sea consiente la importancia de prevenir riesgos, será un trabajador menos propenso a padecer accidentes laborales. (Ramírez,2011)

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