El 31 de julio de 2023, Nuevamente el derecho laboral ha demostrado su progresividad en cuanto a el fuero de maternidad, ya que es de suma importancia cuidar la salud de las madres y de los menores  tanto en el pre parto como en el pos parto.

Esta nueva ley tiene como motivacion principal el implementar espacios adecuados para que las mujeres puedan lactar de manera mas comoda, y con ello se logre eliminar cualquier tabu que se genera en cuanto al tema.Puntualmente se ha modificado el articulo 238 del Codigo Sustantivo del Trabajo el cual menciona el descanso remunerado durante la lactancia, la primera parte preserva la obligación del empleador de conceder a la trabajadora dos descansos de 30 minutos durante la jornada laboral para lactar al niño durante los primeros seis meses de vida y ya en la segunda parte podemos observar la ampliacion de este periodo desde los seis meses hasta los dos años de edad del menor con un descanso de 30 minutos durante la jornada laboral, cumpliendo como requisito una adecuada lactancia materna, es decir que esta se mantenga, en este sentido, es razonable recordar que los empleadores deben construir salas de lactancia en los lugares de trabajo, cuyas condiciones deberian estar reguladas desde hace varios años, ya que el cuidado de niños es y seguirá siendo un derecho imprencindible.


Congreso.de.la.Republica.Codigo.Sustantivo.del.trabajo.Recuperado de:https://leyes.co/codigo_sustantivo_del_trabajo/238.htm

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