La Organización internacional del Trabajo, siempre se ha preocupado por el tiempo de la jornada laboral, motivo que llevo a que se estableciera la “reglamentación de las horas de trabajo”, con el objetivo de poder regular la duración máxima de la jornada y de la semana de trabajo, permitiendo así mejorar las condiciones del trabajador, puesto que, con la llevada de la tecnología se generaron más empleos y se obtuvo un mayor índice de teletrabajadores, sin embargo no se tuvo en cuenta ni se respetó el horario laboral, porque aun después de haber culminado la jornada ordinaria los trabajadores seguían siendo contactados por sus jefes.
Si bien el teletrabajo no es un tema nuevo en Colombia, se ha ido incrementando con la llegada del covid-19, alcanzando así que, en el año 2020, 209.173 empleados se convirtieran en teletrabajadores, logrando un incremento de 71 % con relación a 2018, cuando solo habían 122.278. (MinTIC, 2021)
Es por esto, que el teletrabajo se ha convertido en una modalidad que ha permitido que muchas empresas y compañías puedan seguir generando ingresos en tiempos de pandemia y restricciones de movilidad, por consiguiente, se ha convertido en un tema de gran relevancia en el mundo laboral, ya que al desarrollarse el trabajo a distancia o remoto, se presentan problemáticas en torno al derecho a la desconexión laboral. Siendo así, la desconexión laboral ha sido considerada como un derecho que tienen los trabajadores para que, una vez terminada la jornada laboral, poder desconectarse totalmente de sus actividades laborales sin que esto cause inconvenientes con el empleador, lo que genero polémicas e inconformismo.
Esta problemática, se debe a que durante el confinamiento muchos de los teletrabajadores desarrollaron largas jornadas laborales, sin tener un incremento en su salario, puesto que, al estar en casa, no se tuvo en cuenta el horario de trabajo, generando jornadas extensas, agotamiento tanto físico como mental y acoso laboral, siendo así, su importancia radica, en la necesidad de que el trabajador pueda disfrutar de su tiempo libre, vacaciones, permisos, días feriados, entre otros, de modo que se pueda garantizar el descanso efectivo.
Así mismo, es de tener en cuenta que en Colombia y según el artículo 161 del código sustantivo del trabajo:
“La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de cuarenta y dos (42) horas a la semana, que podrán ser distribuidas, de común acuerdo, entre empleador y trabajador, en 5 o 6 días a la semana, garantizando siempre el día de descanso” (Codigo Sustativo del Trabajo).
Sin embargo, a pesar de estar regulada la jornada laboral en los preceptos legales, los teletrabajares se han visto atrapados en situaciones agotadoras, en donde han tenido que continuar con sus actividades labores tiempo después de que su jornada ordinaria hubiese terminado. Motivo que fue generando una serie de discusiones que consiguieron materializar y crear una nueva garantía laboral, logrando así que se sancionara la Ley de desconexión laboral, la cual entró en vigencia en el mes de enero del presente año.
La Ley 2191 de 2022, tiene por objeto crear, regular y promover la desconexión laboral de los trabajadores en las relaciones laborales dentro de las diferentes modalidades de contratación vigentes en el ordenamiento jurídico colombiano, con el fin de garantizar el goce efectivo del tiempo libre y los tiempos de descanso, siendo así, es necesario y obligatorio que se garantice este derecho.
Sin embargo, existen algunas excepciones de aplicación como en el caso de:
a. Los trabajadores y servidores públicos que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo;
b. Aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente, entre ellos la fuerza pública y organismos de socorro;
c. Situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, en los que se requiera cumplir deberes extra de colaboración con la empresa o institución, cuando sean necesarios para la continuidad del servicio o para solucionar situaciones difíciles o de urgencia en la operación de la empresa o la institución, siempre que se justifique la inexistencia de otra alternativa viable. (Ley 2191 de 2022)
Este derecho ha sido considerado como la base fundamental para garantizar el descanso a los trabajadores, motivo por el cual, la inobservancia a la desconexión laboral podrá constituir una conducta de acoso laboral, en los términos y de conformidad con lo establecido en la Ley 1010 de 2006, que tiene por objeto prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y los hostigamientos que se presenten en las relaciones laborales.
Por lo tanto, el trabajador que considere que se le ha vulnerado su derecho a la desconexión laboral, podrá poner en conocimiento su situación ante el inspector de trabajo, con el objetivo de que se pueda investigar si durante la relación laboral se presentó alguna conducta de acoso laboral.
Código Sustantivo del Trabajo. (s.f.).
Ley 2191 de 2022.
(s.f.). MinTIC. (2021). Teletrabajo y pandemia. Bogotá D.C: Tomado de: https://mintic.gov.co/portal/inicio/Sala-de-prensa/179742:Colombia-supero-los-209-000-teletrabajadores-en-2020-Ministerio-de-las-TIC.