La Corte Constitucional resuelve el problema jurídico sobre el derecho fundamental de los pueblos indígenas a la etnoeducación dentro de un sistema educativo propio y el nombramiento de carrera y el ingreso al escalafón docente, del personal docente de los resguardos indígenas. La Corporación considera que el Estatuto de Profesionalización Docente (Decreto 1278 de 2002) no es aplicable a las comunidades negras, afrocolombianas y raizal; para el cumplimiento de la Constitución Política y de la Convención 169 de la OIT donde "los docentes de estas comunidades deben ser, en lo posible, miembros de las mismas y, sobre todo, conocedores de sus lenguas, dialectos, culturas, cosmogonías, cosmovisiones, usos, costumbres Y creencias propias"
(CORTE CONSTITUCIONAL 2021)

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